martes, 29 de marzo de 2011

LeyPrevisional

Ley Previsional


Como el “proyecto estrella” del gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet ha sido calificada la Reforma Previsional, la que oficialmente comienza a operar en Chile este 1 de julio de 2008, tras su aprobación en el Congreso, siendo las personas que hoy reciben Pensiones Asistenciales de Invalidez y Ancianidad (PASIS) los primeros beneficiados.
Se trata de 483 mil 282 Pensiones Básicas Solidarias (PBS) que serán entregadas por el Instituto de Normalización Previsional (INP) –que con la reforma es rebautizado como Instituto de Previsión Social-, beneficiando a todos los mayores de 65 años que pertenezcan al 60 por ciento más pobre de la población y que no hayan cotizado nunca en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o que no alcance las 240 cotizaciones que exige el sistema.
De esta manera, estas personas recibirán $60.000 por concepto de PBS y desde el 1 de julio de 2009, esta cifra aumentará a $75.000, dejando de operar así el actual sistema de pensiones asistenciales y pensión mínima garantizada.

Con el nuevo sistema, a quienes reciben una pensión inferior a $70.000 se les destina un aporte de $60.000, el que irá subiendo gradualmente cada año hasta el año 2012, cuando todas las pensiones inferiores a $255.000 reciban un complemento de $200.000. Todo esto, siempre y cuando el beneficiario tenga más de 65 años de edad, integre un grupo familiar perteneciente al 40 por ciento más pobre de la población (este porcentaje también aumentará gradualmente hasta el 60 por ciento en 2012), tenga derecho a alguna pensión de un régimen previsional y acredite un mínimo de años de residencia en Chile.

Cabe destacar que el APS puede ser de vejez o invalidez, por lo que los montos del aporte y las condiciones para acceder a él, varían según el caso.




Por tal motivo, la Reforma Previsional implementa varios mecanismos de equidad que en general, apuntan a asegurar una mejor "tercera edad" a las mujeres que han dedicado su vida a las labores del hogar, así como también para los más pobres y trabajadores independientes.

lunes, 28 de marzo de 2011

LeyesLaboralesActuales


LEYES LABORALES ACTUALES

Pre-natal y Post-natal :




De conformidad con lo establecido en el artículo 195 del Código del Trabajo, la trabajadora tiene derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él. Este derecho no puede ser renunciado por la trabajadora por disposición expresa del legislador, quedando prohibido durante dichos períodos el trabajo de las mujeres embarazadas y puérperas. Para acreditar el derecho al descanso maternal, sea el prenatal o el postnatal, la dependiente debe presentar la correspondiente licencia médica, debiendo el empleador tramitarla en la institución de salud que corresponda dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción del documento.






Contra el abandono familiar y pensiones alimenticias (Bachelet):

Desde ahora ningún padre podrá continuar eludiendo o dilatar la cancelación de las pensiones alimenticias de su cónyugue o hijos sin exponerse a penas más fuertes e incluso ser encarcelado.
Presidenta Bachelet se basó, en que no basta con reconocer a un niño o niña o darle un apellido. No se puede aceptar que los padres en la práctica se olviden de ellos sin tener ninguna sanción. "Traer un hijo al mundo también exige compromisos materiales de tal forma que estos puedan tener acceso a una vida digna y a un futuro mejor".





Agiliza los trámites para crear empresas o pymes (Piñera):


“Como Gobierno, creemos que es el principal motor de la productividad es el emprendimiento que traen consigo los nuevos emprendedores. Existen 700 mil medianos, pequeños y micro empresarios hoy en el país y con esta ley se les hará más fácil iniciar sus actividades”, fueron los principales fundamentos que se generaron para crear esta ley.



 



Bono Bodas de Oro (Piñera):

La idea del bono es hacerle un reconocimiento a las personas que han tenido el amor, la ternura, la paciencia para poder tener un matrimonio durante 50 años o más. Y eso es muy bonito. Yo como Presidente creo mucho en la familia y creo mucho en el matrimonio, afirmó.
El bono es de 250 mil pesos por matrimonio, se pagará en partes iguales a cada uno de los cónyuges y beneficiará a aquellas parejas que cumplan 50 años de casados entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2013, y favorecerá al 60% más vulnerable de la población de acuerdo a la ficha de protección social.






LeyesLaborales

"PRIMERAS LEYES LABORALES SOCIALES"


    • Ley de la Silla:

La Ley de la Silla fue la primera ley sobre ergonomía, idea y palabra que no existían en el vocabulario ni en las informaciones de la salud laboral a la fecha 7 de diciembre de 1914, cuando se promulgó en Santiago y, en sus tres artículos disponía que los establecimientos comerciales deberían mantener un número suficiente de asientos para todos sus empleados y/o todas sus empleadas, estableciendo una silla cada tres personas, quienes tendrían derecho a un descanso diario de al menos una hora y media. Las municipalidades quedaron a cargo de hacer cumplir la ley y su infracción fue sancionada con una multa de diez pesos.


Si bien la “ley de la silla” obligaba a los propietarios de establecimientos comerciales a colocar sillas, varios años después de su promulgación seguía siendo un texto puramente teórico y era violada en innumerables casos en jornadas de trabajo de 12 y hasta 14 horas. El argumento del empresariado de la época para violar el derecho era que “la silla enseña a flojo al empleado” y que era mejor para la actividad comercial que los dependientes permanecieran las 12 horas de pie.





  • Contrato de Trabajo:
Debían  realizarse por escrito y recoger, al menos, la identificación de las partes, la naturaleza de los servicios prestados, la duración del contrato, el lugar de trabajo, la remuneración acordada y las horas dedicadas.






La duración de los contratos de trabajo podrá ser indefinida; en el caso contrario, éste no podrá exceder de uno o dos años, dependiendo de la categoría del trabajador. Transcurrido dicho plazo, el contrato deviene en indefinido, salvo renuncia expresa del empleador.


La terminación del contrato de trabajo se producirá por alguna de las causas legalmente establecidas: mutuo acuerdo de las partes, renuncia del trabajador con preaviso de al menos treinta días, muerte del trabajador, vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, o por último, caso fortuito o fuerza mayor.




  • Ley Contra de Accidentes de Trabajo: 
Los accidentes ocurridos a los obreros o empleados en la empresa tendran derecho a una indemnizacion a cargo del jefe.




  • Ley Contra el Alcoholismo Laboral
  • Ley de descanso Dominical
  • Ley contra el Trabajo Infantil
  • Ley de Salas Cunas en Establecimientos Industriales
  • Ley de Código Sanitario