lunes, 28 de marzo de 2011

LeyesLaborales

"PRIMERAS LEYES LABORALES SOCIALES"


    • Ley de la Silla:

La Ley de la Silla fue la primera ley sobre ergonomía, idea y palabra que no existían en el vocabulario ni en las informaciones de la salud laboral a la fecha 7 de diciembre de 1914, cuando se promulgó en Santiago y, en sus tres artículos disponía que los establecimientos comerciales deberían mantener un número suficiente de asientos para todos sus empleados y/o todas sus empleadas, estableciendo una silla cada tres personas, quienes tendrían derecho a un descanso diario de al menos una hora y media. Las municipalidades quedaron a cargo de hacer cumplir la ley y su infracción fue sancionada con una multa de diez pesos.


Si bien la “ley de la silla” obligaba a los propietarios de establecimientos comerciales a colocar sillas, varios años después de su promulgación seguía siendo un texto puramente teórico y era violada en innumerables casos en jornadas de trabajo de 12 y hasta 14 horas. El argumento del empresariado de la época para violar el derecho era que “la silla enseña a flojo al empleado” y que era mejor para la actividad comercial que los dependientes permanecieran las 12 horas de pie.





  • Contrato de Trabajo:
Debían  realizarse por escrito y recoger, al menos, la identificación de las partes, la naturaleza de los servicios prestados, la duración del contrato, el lugar de trabajo, la remuneración acordada y las horas dedicadas.






La duración de los contratos de trabajo podrá ser indefinida; en el caso contrario, éste no podrá exceder de uno o dos años, dependiendo de la categoría del trabajador. Transcurrido dicho plazo, el contrato deviene en indefinido, salvo renuncia expresa del empleador.


La terminación del contrato de trabajo se producirá por alguna de las causas legalmente establecidas: mutuo acuerdo de las partes, renuncia del trabajador con preaviso de al menos treinta días, muerte del trabajador, vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, o por último, caso fortuito o fuerza mayor.




  • Ley Contra de Accidentes de Trabajo: 
Los accidentes ocurridos a los obreros o empleados en la empresa tendran derecho a una indemnizacion a cargo del jefe.




  • Ley Contra el Alcoholismo Laboral
  • Ley de descanso Dominical
  • Ley contra el Trabajo Infantil
  • Ley de Salas Cunas en Establecimientos Industriales
  • Ley de Código Sanitario

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